¿Repsol se va a escapar de su irresponsabilidad del derrame de petróleo? No. A esta empresa la van a penalizar. Para empezar, la vía administrativa que es la que usará, de todas maneras, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). ¿Por qué? Porque la empresa que realiza la descarga de crudo, legalmente, es la responsable de si se le derrama. ¿En qué universo paralelo habrá estado la Gerenta de Comunicaciones para decir que no lo son? En fin…
Lo que se ha visto hasta ahora, y merece multa, es que Repsol, en principio, minimizó la magnitud del derrame y que no implementó de forma oportuna su plan de contingencia. Ahí nomás, las multas podrían ser de S/12 millones, según la normativa ambiental. Como máximo, por múltiples infracciones a las normas, las multas, podrían llegar a las 30,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Dado que este 2022, la UIT es equivalente a S/4,600, la multa máxima puede ser de S/138 millones. El problema que se presenta, y puede colmar la paciencia a los ciudadanos, es el tiempo para sancionar. Para que OEFA evalúe y analice la información, los daños y el comportamiento de la empresa, puede pasar un año.
Y, en temas ambientales, también existen instancias. O sea, OEFA penaliza, pero la empresa decide apelar al Tribunal de Fiscalización Ambiental (segunda instancia). Si vuelve a fallar en su contra, la empresa puede ir al Poder Judicial, y de un año, podemos irnos, fácilmente, a los 4 años o más. ¡Lindo nuestro país!
En lo civil, existen dos vías. La primera es que el Estado, a través de su Procuraduría Especializada en Delitos Ambientales, puede iniciar un proceso civil indemnizatorio para que ese dinero pueda reparar el daño causado. Pero hay un problema en este punto. Una debilidad de los temas medioambientales es que aún no se tienen mecanismos para valorizar el capital natural que los países o el mundo poseen.
La segunda vía es que los pescadores y cualquier parte de la sociedad civil afectada económicamente por este derrame, presente una acción civil contra la empresa. El lucro cesante, que es lo no ganado en este período debido al derrame, es lo que los pescadores pueden reclamar ante un juez.
Por el lado penal, existe el delito de contaminación ambiental. Nuestro código penal establece que la pena por atentar contra el medio ambiente es cárcel, de 4 a 6 años. Aquí, el proceso puede tomar más tiempo, dado que, como involucra privar a los responsables de su libertad (tanto de la empresa como de otras instituciones), la evaluación fiscal debe encontrar las pruebas, cruzar información para presentar el caso ante el Poder Judicial. Si se encuentra que hubo agravantes, la pena puede llegar a los 7 años.
¿Es verdad que el gasto que implica en la limpieza del derrame es deducible de impuestos?
Sí, los gastos en que incurre una compañía para remediar daños ambientales son deducibles de impuestos. Todos los gastos que una empresa tenga en un período contable y son parte o giro del negocio, son deducibles. Sin embargo, empresas como Repsol, contratan seguros para enfrentar este tipo de casos. Como fueron seguros pagados en períodos anteriores para dar cobertura a acciones futuras, el gasto ya se dio.
En el 2017, Repsol contrató una póliza integral a la empresa Mapfre, por 100 millones de euros (ojo, euros) para cubrir sus activos y responsabilidades de Repsol a nivel mundial. Tuvo una vigencia de tres años. Hoy, debe existir otra póliza, dado que se renuevan, o tal vez cambiaron de empresa. Por tal razón, el seguro debe activarse y que comience a indemnizar a todos los involucrados, como por ejemplo, los pescadores artesanales.