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¿Qué puede pasar mientras el TC resuelve la demanda contra ley de ‘devolución’ de aportes de la ONP?

Publicado: 10/12/2020
3 minutos

Hay dos escenarios posibles que se abren de acá a marzo, cuando se calcula que el Tribunal Constitucional defina el tema. Acá te los explicamos.

El Tribunal Constitucional (TC) admitió este jueves a trámite la demanda de inconstitucionalidad que presentó el miércoles el gobierno contra la ley que permite el retiro de aportes de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), medida que el Congreso aprobó por insistencia. Pero el pleno del TC recién se reunirá para analizar este conflicto en febrero y emitiría su fallo en marzo del próximo año. El ponente del caso será al magistrado José Luis Sardón de Taboada.

Ahora, el Congreso tiene 30 días hábiles para contestar la demanda. “No podemos tomarnos todo el tiempo que se prevé, lo ideal es que se responda lo antes posible”, dijo la titular del Parlamento, Mirtha Vásquez.

Pero, ¿qué puede pasar en todo este tiempo que hay entre que se admite la demanda y se resuelve? Primero hay que decir que en la norma que el Legislativo promulgó el pasado viernes 4 de diciembre, le da 15 días hábiles al Ejecutivo para que apruebe el procedimiento técnico para los retiros de los fondos. Esto sucedería hacia finales de diciembre. En ese momento, recién se sabría cómo será el proceso.

Acá hay un primer problema, porque como hemos explicado en Piensa.pe, esos fondos a retirar no existen. La ONP hace tiempo que está quebrada y el costo de esa ‘devolución’ implicaría unos S/ 15.000 millones, que tampoco están en el presupuesto público del próximo año ya aprobado por este mismo Congreso.

En su demanda de competencia, el Ejecutivo sostiene que la ley afecta el Sistema Nacional de Pensiones que funciona como un “fondo de reparto solidario”, donde las pensiones de los jubilados se financian con lo con los aportes de los afiliados activos. Y subraya también que los congresistas no pueden emitir normas que generen un gasto público no presupuestado.

Como se trata de un conflicto de competencias, no cabía interponer una medida cautelar para suspender la ejecución de la norma mientras el TC resuelve la demanda. Por ello el gobierno calcula que los primeros desembolsos podrían darse recién en febrero.

Una vez que se defina el procedimiento del depósito, cada pedido deberá ser evaluado en 30 días hábiles, antes de que la ONP le dé su visto bueno. Y el pago será en dos armadas: el primero en los siguientes 30 días calendario tras aprobase la solicitud, por el 50% de hasta 1 UIT (S/ 4,300). El resto se entregaría en los siguientes 90 días calendario, adelantó premier Violeta Bermúdez.

Primer escenario

El Ejecutivo se ve obligado a realizar los pagos, pero luego el TC declara ilegal la norma. En ese caso, habrá un grupo de personas que lograron cobrar y otras que no, porque las sentencias del TC no tienen efecto retroactivo, como ya se ha señalado. Y además, si esto ocurre, los que recibieron su dinero no tienen obligación de devolverlo, explicó en El Comercio el expresidente del TC Víctor García Toma.

Segundo escenario 

Que el Ejecutivo emita un decreto de urgencia en el que señala que, sin desconocer la norma, no tiene el dinero para cumplir con los pagos, que además podría derivar en un «trato desigual», porque algunos afiliados a la ONP podrían cobrar y otros no.  Se trata de un camino que contempla el artículo 118, inciso 19, de la Constitución, apuntó el también extitular del TC Óscar Urviola.

DATO: Para declarar la inconstitucional de la norma, se requiere de cinco votos de los siete magistrados del TC.

“Esta es una norma a todas luces inconstitucional por lo que debería ser una decisión por unanimidad declarando que existen violaciones constitucionales evidentes, sobre todo porque ha sido una norma apresurada y populista”.

Oscar Urviola, expresidente del TC.

 

Comunicador social y periodista, con especialización en nuevos medios, gestión de contenidos y desarrollo tecnológico. Me gusta el café, la cerveza y la libertad de poder elegir y emprender.