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Castillo y Torres, o cómo destruir la institucionalidad en tiempo récord

Publicado: 07/02/2022
4 minutos

Lo que el presidente y su ministro de Justicia acaban de hacer con la destitución arbitraria de la jefa del INPE, Susana Silva, en medio de rumores sobre una excarcelación ilegal de Antauro Humala, los pinta de cuerpo entero y explica los niveles de podredumbre que se han instalado en el gobierno.

Al parecer hemos entrado en un túnel sin salida. En medio de la peor crisis provocada por Palacio, el presidente Pedro Castillo y el ministro de Justicia, Aníbal Torres, han incurrido en otro acto de arbitrariedad que atenta contra la poca institucionalidad que queda en el país tras poco más de seis meses de gobierno.

Como se había alertado, el Ejecutivo consumó la destitución de la jefa del INPE, Susana Silva, en medio de los rumores de una liberación ilegal de Antauro Humala, un aliado político del régimen. Ante las denuncias periodísticas y la presión mediática, el gobierno tuvo que dar marcha atrás, pero la abogada Silva Hasembank, una funcionaria reconocida y capaz, no se salvó de los arrebatos autoritarios del gobierno.

Susana Silva, otra víctima de la rapacidad que se ha instalado en las altas esferas del gobierno. (Andina)

En la Resolución Suprema Nº 025-2022-JUS, publicada el sábado, que da por concluida las funciones de la jefa del INPE, no se explica los motivos o razones que sustentan la decisión que suscriben Castillo y Torres. Lo que sí sabe es que Silva se oponía a la liberación de Antauro Humala por redención de pena, por ser ilegal.

¿Qué dice la resolución? Que “resulta necesario dar por concluida la citada designación (…)”, y ante las críticas y cuestionamientos ante esta nueva arbitrariedad que había sido alertada días antes por los medios, el ministro Aníbal Torres sacó debajo de la mesa una justificación«La expresidenta del INPE, contra la dispuesto, ha hecho volver a (Alberto) Fujimori a su cárcel dorada. Este es un acto de corrupción y de discriminación entre sentenciados», escribió el titular de Justicia en un tuit.

Pero Fujimori siempre estuvo recluido en la Diroes y nunca se dispuso su cambio, al menos que se sepa o haya alguna resolución que lo autorice. Entonces no se puede alegar que Silva hizo «volver» a Fujimori a ese penal. Además, ni el presidente de la República ni el ministro de Justicia son competentes para decidir el traslado de penal de un reo.

“¿De qué acto de «corrupción» y de «discriminación» acusa temerariamente el ministro de Justicia a la abogada Susana Silva Hasembank? Es evidente que lo señalado vía twitter no es la razón por la que se decidió dar por concluida su designación”, sostiene el abogado Roberto Pereira.

Esta es la segunda arbitrariedad que cometen Castillo y Torres en menos de 15 días. El 2 de febrero último destituyeron al procurador general del Estado, Daniel Soria Luján, quien denunció el pasado diciembre al presidente de la República, por la presunta comisión de los delitos de patrocinio ilegal y tráfico de influencias.

Poco después de denunciar a Castillo, el abogado del mandatario, Eduardo Pachas, cuestionó públicamente a Soria, no por la acusación, sino por supuestas irregularidades en su nombramiento, que había ocurrido hace casi dos años atrás, y pidió al ministro de Justicia su destitución.

Cual abogado presidencial, Torres hizo eco de ese pedido tras una reunión que sostuvo con el defensor legal del mandatario y dijo que revisaría el expediente de la designación de Soria. Al poco tiempo, el Órgano de Control Institucional del Minjus, emitió un informe en el que decía exactamente lo mismo que el defensor de Castillo y el ministro de Justicia. El documento se filtró a los medios para crear el ambiente de lo que vino después: la destitución del procurador.

Y lo hicieron de una manera burda, no solo en una edición extraordinaria de El Peruano y en medio de un partido de fútbol de la selección peruana, sino también zurrándose en el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1326, una norma estatutaria especial, que señala que el procurador general del Estado solo puede ser removido de su cargo por «falta grave» debidamente comprobada y fundamentada, luego de un debido proceso. Nada de eso ocurrió.

Comunicador social y periodista, con especialización en nuevos medios, gestión de contenidos y desarrollo tecnológico. Me gusta el café, la cerveza y la libertad de poder elegir y emprender.