Tras la decisión de no recibir a la Comisión de Fiscalización del Congreso, el presidente Pedro Castillo podría ser inhabilitado o destituido del cargo por infringir la Constitución. Este grupo de trabajo viene indagando sobre el caso Puente Tarata III.
A último minuto, el abogado Benji Espinoza anunció que el mandatario Pedro Castillo no respondería ante la mencionada comisión investigadora. Ello pese a su compromiso público de responder a todas las acusaciones por corrupción que pesan sobre él.
«No tiene competencia para investigar al presidente por delitos comunes… existe un prejuzgamiento [de los parlamentarios]«, justificó la defensa de Pedro Castillo.
Para el abogado constitucionalista Omar Cairo, el presidente Pedro Castillo cometió una infracción al articulo 97 de la Constitución, «que establece que es obligatorio comparecer por requerimiento ante las comisiones investigadores del Congreso».
Omar Cairo explicó, además, que esta acción es sancionable mediante el juicio político. Es decir, «mediante el procedimiento que consiste en que la comisión permanente lo acuse ante el Pleno para que decidan si sancionan esta infracción con la suspensión, destitución o con destitución e inhabilitación».
El abogado Omar Cairo señaló que este proceso no es similar a una vacancia porque se trata de una infracción a la Constitución. «Esto es un procedimiento regulado en los artículos 99 y 100 [de la Carta Magna], mientras que la vacancia está regulada en el 113, y es para otras cosas», remarcó.