No me florees, Principal

La decisión de Ávalos sobre Castillo bajo la lupa

Publicado: 06/01/2022
3 minutos

¿Debió la fiscal de la Nación suspender las investigaciones al presidente hasta el final de su mandato por tráfico de influencias, colusión y patrocinio ilegal? Acá lo explican diversos juristas.

La decisión de la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, de abrir investigación al presidente Pedro Castillo por los delitos de tráfico de influencias, colusión y patrocinio ilegal, pero a la vez suspender las diligencias hasta el final de su mandato, ha generado controversia.

La titular del Ministerio interpretó que el artículo 117 de la Constitución le da una “inmunidad absoluta” al presidente de la República. ¿Es correcto esto? ¿Qué dicen algunos juristas al respecto?

La Constitución señala que el jefe de Estado no puede ser acusado durante su mandato, pero no menciona que no pueda o no deba ser investigado por su involucramiento en los casos de las millonarias licitaciones de Provías y Petroperú, o las presiones en los ascensos militares.  

En ese sentido, Victor García Toma, expresidente del Tribunal Constitucional (TC), consideró que, en este caso, hay una interpretación excesiva del concepto de la inmunidad.

Según explicó en El Comercio, la investigación preliminar tiene por objeto el acopio de indicios, de evidencias, pruebas y testimonios, así como evitar que, desde el poder, se trate de obstruir a la justicia. “Hay muchas cosas que, cuatro años después, ya no van a poder ser obtenidas o recolectadas”, apuntó el también exministro de Justicia.

En el mismo sentido se pronunció Marianella Ledesma, actual magistrada del TC y que hasta hace poco presidió este órgano jurisdiccional. “Para ser eficaz no se puede esperar que termine el gobierno en cinco años para iniciar una investigación, porque no se va a encontrar las huellas ni los elementos del posible delito”, dijo en Perú21.

El defensor del Pueblo, Walter Gutiérrez, coincidió con Ledesma y García Toma, al señalar que es muy poco probable que se pueda conocer la verdad luego de cuatro o cinco años. “El tiempo nunca está a favor de la justicia. Siempre está a favor de quienes cometen delitos”, sostuvo en RPP.

 Sin embargo, para la abogada Liliana Calderón, la decisión de Ávalos es coherente con el precedente de Martín Vizcarra, a quien la actual fiscal de la Nación le abrió investigación preliminar en el 2020 por el caso Richard Swing, pero también suspendió las diligencias hasta el término de su mandato.

“Ya se ha iniciado la investigación, lo cual quiere decir que se puede recabar declaraciones de otras personas, oficiar a las instituciones, hacer requerimientos de información. Todo lo demás va a continuar y una vez que el presidente culmine su mandato podrá ser investigado”, dijo Calderón.

Sin embargo, para el exprocurador César Azabache hay diferencias entre los casos de Castillo y Vizcarra. Una de ellas es que cuando se suspendió la investigación a Vizcarra, a este le quedaba un año de mandato. “Ahora, una de las razones que hace que se perciba esta decisión como insuficiente es que Castillo tiene una designación nominal por cuatro años más”, refirió el jurista.

Sea como fuere, la decisión de Ávalos, de encapsular las pesquisas contra Castillo, podría variar en caso aparezcan nuevos elementos o cuando la actual fiscal de la Nación deje el cargo a finales de marzo y se elija a su sucesor o sucesora, que podría tener un criterio distinto en este tema.