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¿Son legales las «retenciones» durante la cuarentena?

Publicado: 04/02/2021
3 minutos

Esta medida contraviene los pactos y tratados de derechos humanos firmados por el Perú, alertan expertos. ¿Corregirán esta medida en el gobierno?

¿Te pueden retener por no cumplir la cuarentena? Muchos peruanos están preguntándose esto ahora que el gobierno ha buscado encerrarnos nuevamente con el Decreto Supremo 008-2021-PCM. En este decreto se habilita la creación de los «centros de retención temporal» donde se llevarán a los que no cumplan con las reglas sanitarias o el confinamiento en las regiones de «nivel extremo» de contagios de COVID-19, como Lima.

El ministro del Interior, José Elice, declaró que esta semana que se habían intervenido ya 8,217 personas, de las cuales 837 se trasladaron a alguno de los 390 centros de retención temporal que funcionan a escala nacional. Mientras tenemos una de las crisis económicas más duras de nuestra historia, el gobierno está limitando que la gente pueda ganarse la vida.

¿Pero es constitucional esta medida? Consultamos al abogado Enrique Ghersi sobre el tema y nos comentó que la «retención» de las personas que incumplan la cuarentena es manifiestamente inconstitucional. «Sus autores estarían incurriendo en responsabilidad penal por delito contra la libertad (detención arbitraria) y secuestro«, añadió.

De acuerdo a Ghersi, el artículo 7 de este decreto viola el artículo 2.24 (f) de la Constitución, el cual garantiza el derecho a la libertad y a la seguridad personales. ¿Qué dice este artículo? Entre otras cosas dice: «Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades en caso de flagrante delito«.

¿Este derecho se puede violar con un decreto del Ejecutivo? «Únicamente se pueden establecer restricciones de los derechos constitucionales a la circulación o al tránsito en la medida que estas se establezcan con una norma con rango de ley«, señalan desde el estudio Benji Espinoza Abogados, que ya presentó una demanda de «acción popular» para declarar inconstitucional esta medida, que atenta contra el artículo 30 del Pacto de San José, del cual el Perú parte.

Asimismo, en estos días se han denunciado intervenciones arbitrarias de serenos, lo cual es además ilegal. Serenos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho llevaron a esos centros de retención a personas que tenían pases laborales vigentes. Sobre este punto, el ministro Elice admitió que fue un error y que sólo la Policía es la que puede realizar estas detenciones.

Enrique Ghersi consideró que el Ministerio Público debe intervenir de inmediato, y exhortó además a la Defensoría del Pueblo a pronunciarse contra estos abuso. «Los “retenidos” son dejados al sol en formación militar en una forma de castigo corporal que contraviene todos los pactos y tratados de derechos humanos firmados por el Perú«, añade el abogado.

Es cierto que vivimos tiempos donde la crisis sanitaria afecta a muchos peruanos que están muriendo. Pero esto no se resuelve condenando a la pobreza y persiguiendo a los más vulnerables, esto solo lo empeora más. la situación. Menos ingresos también desprotege a gente y les impide poder acceder a salud en caso se enfermen. El presidente Sagasti tiene que tomar cartas en el asunto y apostar por una cuarentena inteligente.

Ingeniero industrial, egresado de la Universidad de Lima, con estudios en economía, gestión y finanzas públicas. Columnista en el Diario El Reporte, fue jefe de investigación económica en la Asociación de Contribuyentes del Perú y asesor parlamentario.
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