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Congreso aprueba por insistencia retiro de hasta S/ 17,600 de las AFP

Publicado: 06/05/2021
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Pleno del Legislativo hizo cambios a la norma y recoge la sugerencia del Ejecutivo de no permitir el retiro del 100% a los mayores de 40 años.

Con cambios, el Pleno del Congreso aprobó este jueves por insistencia la ley que permite a los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) el retiro de hasta S/ 17,600 de sus ahorros previsionales, con 109 votos a favor, ninguno en contra y 3 abstenciones.

La medida, que fue observada por el Ejecutivo, recoge la sugerencia del gobierno de no permitir el retiro del 100% de sus fondos a los mayores de 40 años, que no registren aportes en los últimos 5 años

El Congreso también acogió la recomendación de Palacio de no autorizar que los beneficiarios de una demanda alimentaria accedan a fondos de terceros, como se planteaba inicialmente, ya que se trata de una medida inconstitucional.

En lo que sí insistió el Legislativo es en permitir el retiro de sus fondos (hasta 4 UIT o S/ 17,600) a todos los afiliados, activo e inactivos. El Ejecutivo sugirió que el retiro sea solo para los que no están aportando.

“No debe ser solo para quienes se hayan quedado sin empleo sino que debe ser facultativo a todos los aportantes de la AFP, dado que la pandemia ha afectado a todos los afiliados de manera directa o indirecta”, dijo Anthony Novoa, presidente de la Comisión de Economía.

¿Cómo será el procedimiento?

Según la norma aprobada por insistencia, los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.

  • Se abonará hasta 1 UIT (equivalente a S/ 4,400) cada 30 días calendario.
  • El primer desembolso será a los 30 días de presentada la solicitud ante la AFP.
  • Así se realizará hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso.
  • Si el afiliado deseara dejar de retirar los fondos de su cuenta individual, podrá solicitarlo por única vez a su AFP 10 días antes del desembolso.

La medida señala que el retiro de fondos mantendrá su condición de intangible. No podrá ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa.

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) deberá determinar el procedimiento operativo para el cumplimiento de la norma en un plazo no mayor a 15 días calendario tras la publicación de la ley.

Ahora, la norma queda pendiente de promulgación por insistencia por parte del Parlamento, mientras que el Ejecutivo podría interponer una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), como lo ha sugerido el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).