El Congreso vuelve a las andadas y en plena crisis económica y sin medir las consecuencias, aprobó por insistencia una norma que permite que se incrementen sin límites los sueldos en el Estado y pone en riesgo la sostenibilidad fiscal, que s un pilar fundamental para el desarrollo del país.
Con 104 votos a favor, el Legislativo aprobó la ley que deroga el Decreto de Urgencia 014-2020, que el Ejecutivo había observado en diciembre pasado y que regulaba la negociación colectiva en el sector público. Dicho de otra forma, los mal llamados ‘padres de la patria’, con la irresponsabilidad que los caracteriza, han dejado sin reglas al sector público para negociar las remuneraciones y, de paso, las reincorporaciones laborales por mandato judicial.
¿Cual es el riesgo? El decreto derogado ponía un límite máximo a las alzas de salarios que podían exigir los funcionarios para que no afecten de golpe el presupuesto nacional. Y ya sabemos que en el Estado cómo se manejan y deciden las contrataciones de personal muchas veces.
Ahora, el gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) no podrá limitar la aprobación de estos acuerdos colectivos, como indicaba la norma, cuando los ingresos fiscales cayeran dos puntos sobre el PBI, en caso de excepciones de estabilidad del marco fiscal o en casos de desastres naturales, sanitarios o de otro tipo. Y ahora estamos en medio de una grave crisis económica, sanitaria y fiscal.
De hecho, los ingresos fiscales han caído 20% y el equilibrio presupuestal está seriamente comprometido, con una deuda pública que ya superó su límite de 30%. Ahora un funcionario «x» podría exigir el sueldo que se ocurre, sin tomar en cuenta su productividad, la función que cumple o si hace bien o no su trabajo.
Ahora, no se busca impedir la negociación colectiva, que es un derecho de todo trabajador, como alguno por ahí seguro dirá, sino de contar con reglas claras y parámetros mínimos para que no se despilfarren los recursos de los peruanos y las entidades públicas mejoren su desempeño y los servicios que le prestan al ciudadano. Sentido común puro, que le dicen.
Pero en cambio ahora nada podría garantizar el respeto al equilibrio presupuestal, que es un criterio que el mismo Tribunal Constitucional (TC) ha defendido en varias de sus sentencias.
«La legislación no impedía la negociación colectiva. Solo le ponía techos presupuestales a la negociación. Sin ello, los peruanos pagaremos bonos de cierre de pliego infinitos, en nombre de los derechos laborales. Todo derecho tiene un límite», sostiene Eduardo Morón, miembro del Consejo Fiscal.
De hecho, el decreto que fijaba los límites a la negociación colectiva se podía mejorar, porque laboralistas como Jorge Toyama consideran que había que hacerle cambios, debido a que el procedimiento era complicado y muy controlado. Pero la solución no eliminar de un plumazo toda la norma, como se hizo con la Ley Agraria, que al derogarla se dejó sin régimen a miles de trabajadores del sector.
Ahora el Congreso, en el corto plazo, debe elaborar una nueva normativa para las negociaciones en el sector público. ¿Podrá hacer una ley mejor (o menos peor si se quiere) que la anulada? Lo dudamos, porque ya vimos qué pasó con la nueva ley del agro. O sea, en lugar de arreglar un problema, generan uno nuevo y para colmo, luego no saben cómo solucionarlo.
¿Qué puede pasar ahora? Bueno, el Consejo Fiscal consideró esta medida como una de las más peligrosas. Su costo potencial para las finanzas públicas es S/14.500 millones, recursos con los que podríamos mejorar nuestra capacidad de respuesta ante la pandemia.
«La legislación no impedía la negociación colectiva. Solo le ponía techos presupuestales a la negociación. Sin ello, los peruanos pagaremos bonos de cierre de pliego infinitos, en nombre de los derechos laborales. Todo derecho tiene un límite», sostiene Eduardo Morón, miembro del Consejo Fiscal.
Además, el presidente Francisco Sagasti y el mismo ministro de Economía, Waldo Mendoza, dijeron que las leyes que ponen en riesgo la salud de la economía, serán observadas o, en su defecto, llevadas ante el TC, como tocaría en este caso, al tratarse de una aprobación por insistencia.