El abril pasado, en el Congreso se presentaron 13 proyectos de ley positivos para la institucionalidad y el desarrollo del país. Estas iniciativas fueron impulsados por Acción Popular (5), Alianza para el Progreso (1), Fuerza Popular (4), Podemos Perú (1), y Unión por el Perú (2).
Uno de ellos fue del congresista Otto Guibovich (Acción Popular), quien presentó el Proyecto de Ley N° 7492, que propone reconocer como válidas todas las vacunas contra el COVID-19 aplicadas en países de alta vigilancia farmacológica. De esta manera, la Digemid autorizaría excepcionalmente la importación y uso de las vacunas provenientes de laboratorios que cuenten con reconocimiento internacional y/o registro sanitario condicional.
Según el análisis de la Asociación de Contribuyentes del Perú (ACP), la medida es positiva, porque permite una excepción de trámites en medio de la urgencia sanitaria. La validación automática acelerará la distribución e inoculación de las vacunas para que el proceso de inmunización sea más ágil.
Además, hay temas nuevos en agenda. Uno de de ellos es el Proyecto N° 7565, presentado por la legisladora Leslye Lazo (Acción Popular), que propone crear un proceso de desalojo abreviado de arrendatarios morosos. Este podrá aplicarse si un arrendatario adeuda dos o más meses de alquiler o cuyo contrato haya vencido. De cumplir con los requisitos exigidos, el arrendador podrá demandar al arrendatario deudor, se encuentre o no ocupando el inmueble y, de ser el caso, contra quien esté en el predio.
Así se iniciaría un proceso breve de desalojo o descerraje, según sea el caso. Y los arrendatarios desalojados serán inscritos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos. Este esquema es positivo, porque reduce los incentivos que tienen los arrendadores para incumplir con sus obligaciones a costa del arrendatario.
Otra iniciativa positiva es el proyecto N° 7605, de Franco Salinas (Acción Popular). La iniciativa busca reformar diversos artículos de la Constitución; uno de ellos es el 31, para que el voto sea personal, igual, libre, secreto y facultativo. Para la ACP, este proyecto fortalecerá la democracia. El voto facultativo permitirá una mejor calidad de voto, porque las personas votarán por convicción y no por obligación. Así, por voluntad propia, irán a sufragar aquellos ciudadanos que verdaderamente lo desean hacer, y estén dispuestos a asumir los costos de informarse correctamente sobre la oferta electoral y elegir la opción que mejor estimen conveniente. Esto permitiría un voto informado, más reflexivo, prudente y sensato.
Los proyectos negativos
En el otro extremo, la ACP identificó siete proyectos de ley negativos o que resultarían peligrosos para el país. Estas iniciativas fueron impulsadas por Acción Popular (3), APP (1), Frente Amplio (1), Frepap (1), y Podemos Perú (1).
Uno de estos proyectos contraproducentes es el N° 7494, del congresista Rolando Ruiz (Acción Popular), que busca ampliar los impedimentos e incompatibilidades de contratación en el sector privado y público. Así, hasta por 24 meses posteriores al cese o culminación de los servicios prestados, quienes hayan tenido información privilegiada o ejercido un cargo de dirección en entidades públicas o privadas, vinculadas directa o indirectamente con la empresa (o entidad pública), no podrán tener roles de decisión dentro de las entidades del mismo sector, y viceversa. Incumplirlo dará lugar al cobro a una penalidad igual al monto total de las remuneraciones o cualquier otro beneficio económico percibido, además de la sanción de inhabilitación para prestar servicios al Estado, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales.
Esta iniciativa, pese a que es bien intencionada, genera un perjuicio, porque restringe por un plazo excesivo el cambio de trabajo de una persona entre los sectores público y privado, más aún cuando la interacción entre ambos sectores implica la especialización y adquisición de experiencia, que es crucial para las curvas de aprendizaje que generen economías de escala y beneficien a todos los peruanos.
También está el Proyecto N° 7549, presentado por Omar Merino (APP), que propone implementar farmacias municipales en zonas de escaso o nulo acceso a medicamentos que estarán destinadas a la venta de medicamentos genéricos esenciales establecidos en el Minsa, que deberá establecer el procedimiento para su respectiva autorización.
Aunque la intención es buena, de aprobarse, podría vulnerar el principio constitucional de subsidiariedad, que señala que el Estado solo puede participar en un sector específico del mercado por autorización expresa de una ley, en la que se sustente el interés público y exista una oferta privada insuficiente que justifique económicamente la intervención. Criterios poco concretos como “zonas de escaso o nulo acceso a medicamentos” impiden determinar cuándo y dónde se dará tal condición, lo que vuelve esta medida muy discrecional.
Además, el Estado tiene en la actualidad más de 8 mil establecimientos de salud en todo el país, a través de los cuales puede distribuir medicamentos a la población, por lo que la creación de farmacias municipales no parece tener sentido. Lo que se debe garantizar es que el Estado adquiera y distribuya medicamentos a la población de forma eficiente y oportuna.