El congreso y el gobierno lograron finalmente ponerse de acuerdo para sacar adelante un proyecto de ley que permitirá reprogramar y congelar cinco tipos de créditos (personales, consumo, vehiculares, vivienda y mypes) con una garantía del Estado que asciende S/ 5.500 millones, en un contexto de crisis por la pandemia del coronavirus.
La autógrafa se aprobó el viernes en el pleno con 115 votos a favor y fue exonerada de segunda votación, por lo que quedó lista para que el gobierno la promulgue. La medida beneficiaría a más de 7 millones de peruanos con ese tipo de deudas en el sistema financiero, y se enfoca en personas y micro y pequeñas empresas (mypes) sin capacidad de cumplir con sus pagos.
¿En qué consiste la norma?
El proyecto de ley crea un programa que otorga una garantía estatal a las entidades financieras, con la condición de que reprogramen las deudas de sus clientes por un mínimo de seis meses para los créditos de consumo, personales, vehiculares y mypes, y de nueve meses para los hipotecarios (vivienda).
O sea, el Estado le está diciendo a los bancos, ‘mira, seamos socios, baja tu tasa de interés y te ayudo a garantizar algunos pagos’. Es un medida que no solo ayuda a las deudores, sino también a las entidades financieras, porque la morosidad (personas que dejan de pagar sus deudas) puede seguir creciendo por la crisis, lo que pone en riesgo la salud del sistema bancario y de la economía en general.
¿Quiénes puedes acceder al programa?
Todas aquellas personas o mypes que tengan una calificación de riesgo normal o con problemas potenciales al 29 de febrero de este año. Es decir, que hayan estado al día con sus pagos antes de la pandemia.
No podrán acceder aquellos que ya ha sido beneficiarios de Reactiva Perú, FAE-Mype, FAE-Turismo y FAE-Agro.
¿Cuáles son las condiciones de lado y lado?
Para créditos de consumo y personales, el programa fija una garantía de entre 60% y 80% para deudas de hasta S/5.000; para montos desde los S/5.000 hasta los S/10.000, la garantía es de entre 40% y 80%.
El mismo rango de garantías también aplica para las mypes, cuyo crédito no debe ser mayor a los S/20.000 hasta el 31 de agosto pasado, y en el caso de los créditos vehiculares, el monto máximo de la deuda debe ser de S/50.000.
La norma establece que el menor nivel de garantía será para los deudores que pagaron solo la tercera parte de sus cronogramas, y el mayor límite de garantía será para quienes pagaron las dos terceras partes.
Además, la garantía estatal se cumplirá siempre y cuando las empresas del sistema financiero bajen el costo de sus créditos. ¿Y cómo lo pueden hacer? De tres formas: que reduzcan las tasas de interés, que condonen una o varias cuotas, o una mezcla de estas dos.
Para las deudas hipotecarias (en las que el crédito original no debe superar los S/250.000) la norma señala que la garantía cubre el 50% del capital pendiente que corresponda a la segunda tercera parte de las cuotas reprogramadas; o sea, el deudor debe haber cumplido con la primera parte de sus pagos.
La garantía cubrirá el 80% del capital pendiente del último tercio de las cuotas reprogramadas del crédito de vivienda. Aquí también se establece que el aval estatal se aplicará siempre y cuando las entidades financieras reduzcan el costo del crédito en al menos 10%.
La norma además señala que los bancos pueden brindar un período de congelamiento de 90 días para todos los créditos, menos el hipotecario, a favor de sus clientes que no realizaron ningún pago en los tres meses previos a su publicación.
Documento: Este ese proyecto de ley consensuado entre el Ejecutivo y el Legislativo.