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Depositantes bajo la lupa de la Sunat: ¿Es razonable?

Publicado: 06/01/2021
3 minutos

La norma que permite a la Sunat acceder a información sensible de cuentas bancarias es cuestionada por líderes y especialistas.

¿Qué está pasando con la Sunat? Se ha aprobado que tenga acceso a datos sensibles de las cuentas bancarias como DNI, nombre, número de cuenta, código interbancario (CCI), montos y saldos, entre otros. Esta información se mandará a la Sunat mensualmente por bancos, cajas municipales, cooperativas y financieras para todas las personas naturales o empresas que tengan cuentas por más de S/.10 mil.

Esta norma reglamenta el Decreto Legislativo 1434, aprobado en 2018 por el expresidente Martín Vizcarra, como parte de un acuerdo con la OCDE para combatir la evasión y elusión tributarias en el país. Pero lo cierto es que, en medio de una crisis económica con millones de desempleados, ampliar la base tributaria en los más pequeños no es razonable.

El principal peligro está en la seguridad de los datos personales. La posibilidad de que esta información se pierda luego de ser consolidada es alta, en especial considerando que la Sunat no ha demostrado tener la institucionalidad ni la independencia política suficiente.

Segundo, afecta el secreto bancario, el cual es un derecho constitucional derivado del derecho a la intimidad que tenemos todos los peruanos. Este sólo puede levantarse por orden de un juez, del fiscal de la Nación o de una comisión investigadora del Congreso.

En tercer lugar tiene visos de ser inconstitucional. “No puede el Poder Ejecutivo, con una norma de menor jerarquía, levantar el secreto bancario de los peruanos”, comentó el abogado Enrique Ghersi, al señalar que esta norma, tal como está planteada, es ilegal y se puede anular a través de una acción popular, una acción de amparo o una acción de inconstitucionalidad.

Combatir la elusión y la evasión no se puede hacer afectando las libertades individuales y la seguridad personal. Además, hoy la Sunat ya tiene el impuesto a las transacciones financieras (ITF), que fue creado con el objetivo de combatir esto. Por lo tanto es desproporcional; no se justifica que la Sunat tenga un reporte mensual de las cuentas de los peruanos.

Esta disposición permitirá que se fiscalice por lo menos 2.2 millones de cuentas bancarias (205 mil empresas y 2 millones de personas) que superan los 10 mil soles, según datos de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS). ¿Para qué un tope tan bajo como 10 mil soles? Por ejemplo, el 78% del monto depositado que se regularía es en depósitos mayores a S/.100 mil.

Elaborado por: Asociación de Contribuyentes del Perú

Además el 47% del número de cuentas que supervizarían están entre 10 y 25 mil soles, lo cual a penas representa el 5% de los depósitos; entre 10 y 50 mil está el 70% de las cuentas bancarias y apenas representan el 11% del monto total. ¿Para qué la Sunat necesita conocer cada mes el estado de cuenta de tantas personas? Es una medida que afecta a los más pequeños, sin duda.

Y finalmente, todo esto conlleva al error estructural del Estado peruano, que es no considerar el costo de cumplir la ley. Cumplir con esos reportes mensuales implica mayores costos financieros y los bancos los trasladarán a los usuarios en comisiones más altas. También esta invasión de la privacidad desalentará la bancarización y fomentará la informalidad.

Ingeniero industrial, egresado de la Universidad de Lima, con estudios en economía, gestión y finanzas públicas. Columnista en el Diario El Reporte, fue jefe de investigación económica en la Asociación de Contribuyentes del Perú y asesor parlamentario.
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